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ALIANZA POR UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA/ 

RED DE ACCION EN PLAGUICIDAS DE CHILE

SEMINARIO Nª774, FONOS 2745713- 2746192-6973217.

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Santiago, 23 de junio de 1998

Sr. Director del Servicio Agrícola y Ganadero

Presente

En su calidad de representante del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, organismo que tiene la misión de reglamentar y controlar lo relacionado con la fabricación, importación, envasado, distribución y aplicación de los plaguicidas de uso agrícola, por tanto, con atribuciones para dictar disposiciones que norman esta materia, nos dirigimos a Ud.

para solicitarle como primeras medidas, la urgente adopción de disposiciones legales que contribuyan a disminuir los crecientes riesgos para los trabajadores, la población y el ambiente, que implica la utilización masiva e indiscriminada de plaguicidas químicos peligrosos.

Esta petición la hacemos como representantes de organizaciones sociales y ecológicas que por más de una década se han abocado a la investigación, denuncia y seguimiento sistemático de los problemas ambientales y de salud laboral causados por el uso de plaguicidas.

Nuestra organización, "Alianza por una Mejor Calidad de Vida", es la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas de Chile. Fue creada en 1993 y, por su capacidad de respuesta, presencia pública y trabajo sostenido en el tiempo, está reconocida nacional e internacionalmente como referente para asuntos relacionados con plaguicidas y químicos peligros. No tiene fines de lucro y sus objetivos principales son combatir la contaminación por substancias tóxicas, particularmente los plaguicidas, contribuir a la reducción del uso de agrotóxicos, a la promoción de una agricultura sustentable y a mejorar la calidad de vida de los habitantes de este país.

Está integrada, entre otras organizaciones, por la Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas, (ANAMUR), el Instituto de Ecología Política, la Asociación Nacional de Agricultores Orgánicos, (TIERRA VIVA) la Red Nacional de Acción Ecológica, (RENACE), el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA). Cuenta además con la colaboración de otras organizaciones, especialmente, del Movimiento Agroecológico Chileno (MACH), la Liga de Consumidores Conscientes y Greenpeace.

Pertenece, a la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas de América Latina (RAP-AL) y a Pesticide Action Network (PAN Internacional) y como grupo de interés de la sociedad civil organizada, está considerada como interlocutor válido para materias relacionadas con plaguicidas y substancias químicas tóxicas, por el Programa de Naciones Unidas para el Ambiente, (PNUMA) y el Registro Internacional de Substancias Potencialmente Tóxicas (IRPTC), siendo invitada como red de organizaciones no gubernamentales, a las reuniones y talleres sobre Gestión Racional de Productos Químicos y Procedimiento de Información Consentimiento Previos (PIC), realizada en Pinamar, Argentina, del 5 al 8 de mayo de 1997; a la reunión de PNUMA y el Foro Intergubernamental de Seguridad Química, (IFCS) sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (POPs) realizado en Iguazú, en abril de 1998. (1) También ha sido invitada por la Dirección del Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile a participar en las reuniones del Comité Intersectorial que prepara la posición chilena sobre los COPs ante el Comité Intergubernamental de Negociación (INC), y por el PNUMA como representante de organizaciones no gubernamentales de Chile y de los países del Cono Sur, a la reunión del INC sobre POPs que se efectuará entre el 29 y 3 de julio en Montreal.

Así mismo, participa en forma permanente en las reuniones mensuales de la Red de Vigilancia de Intoxicación Aguda por Plaguicidas conformada por las Unidades de Salud Ocupacional, Ministerio de Salud y el Instituto de Salud Pública de Chile.

Asunto prioritario para nuestra organización es abordar de manera integral el problema del uso indiscriminado de plaguicidas en las más variadas actividades agrícolas y forestales, en especial, las dedicadas a la exportación. Producto de ellas, no sólo los trabajadores/as y sus hijos/as están siendo seriamente afectados, también las poblaciones rurales, expuestas a través del aire, los alimentos y el agua, y la población en general, a través de los residuos de plaguicidas en los alimentos, están expuestas a un riesgo de salud no suficientemente apreciado y percibido por las autoridades correspondientes.

Situación que reviste especial gravedad si se toma en consideración la condición de país en desarrollo de Chile, carente de los conocimientos técnicos e infraestructura necesarios para una gestión adecuada; con un deficitario sistema de fizcalización y control; con graves falencias en la información, derecho de conocimiento y capacitación, de atención médica especializada y capacidad resolutiva instalada de los centros de salud; con vacíos importantes en la legislación como, por ejemplo, son la falta de reglamentación legal sobre uso de plaguicidas y fumigación aérea, que causa serios perjuicios a comunidades vecinas; con una desprotección generalizada en materias laborales de los trabajadores agrícolas y forestales expuestos, que mayoritariamente son temporeros, sin capacidad para negociar ni exigir mejores condiciones sanitarias y lo que es más grave aún con trabajo infantil, directamente relacionado con agrotóxicos.(2) Así mismo, además de la inexistencia de plantas de tratamiento y rellenos de seguridad para la disposición final de residuos de plaguicidas en desuso y caducados, tampoco se cuenta con la necesaria información sobre existencias de plaguicidas obsoletos, por mecionar algunos de los tantos problemas que presenta el país, relacionados con la gestión de productos químicos potencialmente peligrosos para la salud y el ambiente.

Por otra parte, estas substancias tóxicas, no sólo están eliminando plagas, también están afectando a los ecosistemas comprometidos, especialmente las aguas, generando peligro de subsistencia a muchas especies, principalmente a la avifauna, reduciendo considerablemente la vida del suelo, la vida salvaje y los insectos benéficos, que es la población mayoritaria y necesaria para mantener los equilibrios naturales.

En nuestro país los volumenes de importación, desde la década de los ochenta a los noventa, se han triplicado. En 1984, la importación era de 5.577 toneladas con un costo de 28 millones de dólares. Ya en el año 1992 las importaciones de plaguicidas sobrepasaron las 10.000 toneladas con un costo de US$ 71.041.000, alcanzando en 1997, según cifras del Banco Central y de ODEPA, las 15.350 toneladas -incluidos el Bromuro de Metilo y el Pentaclorofenol que juntos suman aproximadamente mil toneladas-, representando un costo que asciende a los US $ 100.472.000.

Estos plaguicidas, a pesar de ser venenos, se encuentran por doquier, asequibles a practicamente cualquier persona, niños inclusive. Aunque hay un uso creciente en actividades forestales de la zona sur, lo que ha motivado un aumento de los conflictos ambientales relacionados con plaguicidas y comunidades indígenas insertas o aledañas a plantaciones forestales, la mayor parte de dicha cantidad de agrotóxicos ha sido aplicada en la zona central del país y está en relación a la actividad exportadora frutícola. En torno a dichos lugares se concentra la mayor parte de la población nacional.

En las condiciones señaladas anteriormente, un uso tan masivo de sustancias tóxicas -más de setenta marcas comerciales de los grupos extremada y altamente tóxicos, cuatro pertenecientes a la Docena Maldita, 43 a la Lista Consolidada de Naciones Unidas de plaguicidas prohibidos y/o severamente restringidos por gobiernos, 35 sin registro de la EPA- hace practicamente imposible una agricultura sustentable, que respete los ecosistemas, recupere ecosistemas degradados y menos aún puede asgurar un uso cuidadoso o responsable.

Al respecto, cabe señalar, que según informes y estudios realizados por especialistas del sector salud, tanto la intoxicación aguda como la crónica son un problema de gran impacto epidemiológico. Las intoxicaciones agudas han ido en aumento en estos últimos años, existiendo un incremento en el año 1997 de 10,9% en relación al año anterior, situación que puede ser más grave aún si se toma en cuenta que sólo seis regiones están notificando, faltado toda la zona norte del país. Además, la subnoficación en Chile es muy alta. Según estudios realizados por servicios de salud, en zonas como Rancagua donde a pesar de estar más perfeccionado el sistema de notificación, por cada caso notificado hay 4 sin notificar, en otras regiones, especialistas de salud ocupacional, estiman que la proporción alcanza a los 10 casos no notificados, lo que está indicando que la real magnitud del problema se desconoce. También preocupa que por segundo año consecutivo el plaguicida pentaclorofenol haya sido el responsable de la muerte de un trabajador, más aún si se considera que en el año 1996 causó la muerte de un niño temporero de 16 años, expuesto como dosificador y aplicador, en la región del Maule. Así mismo, el alta proporción de casos mortales causados por plaguicidas de nombre desconocido, está corroborando que hay un mal uso. Llama también la atención la alta incidencia que tienen los plaguicidas metamidofós, parathión, paraquat, glifosato, pentaclorofenol, dimetoato, azinfos metil, clorpirifos en la ocurrencia de los casos que requirieron hospitalización o provocaron decesos en estos últimos años.

Estos plaguicidas han sido prohibidos o restringidos por gobiernos de otros países, pero en Chile continuan siendo de uso frecuente.

En cuanto a los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) debemos señalar, que a pesar de la prohibición de importación, comercialización y uso del Aldrín, hubo dos intoxicaciones agudas por este producto, ocurridas en la regiones del Maule y del Bío Bío. Además, según una encuesta realizada por la Universidad de Talca, agricultores señalaron estar usando Aldrín al 25%. (3)

En relación a los efectos crónicos de los plaguicida, estudios de laboratorio y vigilancias epidemiológicas realizados en diversas partes del mundo, especialmente a partir de 1993, han demostrado una significativa asociación entre plaguicidas y efectos negativos en el sistema inmunológico, endocrino y reproductivo.

En este sentido, especialmente preocupantes son los potenciales efectos teratogénicos y cancerígenos de los plaguicidas usados en el país. Estudios realizados por la Academia de Ciencias de Norteamérica a petición de la Agencia de Protección Ambiental (USEPA), publicados en 1987, concluyeron que el 98% de los cánceres que padecen los norteamericanos se debe a residuos de a lo menos doce plaguicidas considerados como cancerígenos, presentes en los alimentos. Cuatro de ellos, han sido detectados reiteradamente en Chile, en análisis de frutas y verduras realizados por el Instituto de Salud Pública. Se trata de los plaguicidas Captán, Benomyl, Permetrina, Diazinon, entre otros. En el último estudio efectuado por el Instituto de Salud Pública, con muestras de la Región Metropolitana, se detectó simultáneamente varios plaguicidas en un muestra, lo que es preocupante por sus probables efectos potenciadores. También un alto porcentaje de frutas, 91,7%, contenían residuos de plaguicidas, algunos de ellos cancerígenos, lo que también indica que en el país existen malas prácticas agrícolas. Al respecto, cabe recordar dos puntos importantes: según la Organización Mundial de la Salud (OMS) cuando se trata de plaguicidas sospechos de causar cánceres son irrelevantes normas como el límite máximo permitido, ingestas diarias admisibles, detección de efectos mínimos precoces, etc., y que la población en general está expuesta a lo largo de toda una vida a través de los alimentos. Es reconocido, por los especialistas en salud pública, el hecho de que los cánceres están constituyendo en nuestro país la segunda causa de muerte y que las malformaciones congénitas mayores, en nuestro medio y especialmente en la sexta y séptima regiones, revelan una incidencia superior a la apreciada en otros países de la región.

Por otra parte, la entrada de Chile a mercados globalizados implica un incremento del comercio en los sectores agrícola y forestal, donde se está usando masiva e indiscriminadamente substancias químicas tóxicas plaguicidas tanto en la etapa de proceso como de producto. La situación de riesgo sanitario y ambiental en este contexto, convierte a Chile en un país extremadamente vulnerable frente a sus competidores.

Los continuos accidentes, con grave contaminación de ecosistemas, el aumento de las intoxicaciones agudas por plaguicidas y de los efectos crónicos asociados a éstos, deja en evidencia que los organismos reguladores de gobierno no han logrado reducir efectivamente los riesgos ocupacionales, sanitarios y ambientales de estos venenos. Frente a esta situación, se hace necesario que la autoridad responsable aplique el principio precautorio, prohibiendo o restrigiendo la liberación al ambiente de plaguicidas peligrosos que no pueden ser controlados con seguridad, adoptando para ello con urgencia las siguientes primeras medidas relacionadas con el registro y el uso:

I.- LA URGENTE PROHIBICION* DE LOS SIGUIENTES PLAGUICIDAS:

-LINDANO, PENTACLOROFENOL, PARAQUAT Y PARATHION.

* "Prohibido" se entiende aquel plaguicida para el cual todos los registros de importación, comercialización y uso han sido prohibidos por una resolución gubernamental definitiva, o para el cual todos las solicitudes de registro o de usos han sido rechazadas, por razones de salud o de conservación del ambiente.

II.- LA PROHIBICION Y/O LA SEVERA RESTRICCION* DE LOS SIGUIENTES PLAGUICIDAS:

-AZINFOS METIL, ATRAZINA, BENOMYL, BROMURO DE METILO, CAPTAN, DIAZINON, DICOFOL, ENDOSULFAN, MANCOZEB, METAMIDOFOS, MONOCROTOFOS, PERMETRINA, 2,4-D.

* "Severamente Retringido" se entiende un plaguicida para el cual virtualmente todos los usos registrados han sido finalmente prohibidos por una normativa gubernamental definitiva, aunque quedan autorizados cierto uso o usos específicos registrados. "Severamente Restringido" significa además, que es un plaguicida que está disponible para compra y uso sólo para aplicadores certificados por la autoridad competente o personas bajo su directa supervisión. Designación que ha sido asignada a un plaguicida por su relativamente alto grado de potencial peligrosidad para el hombre y /o el ambiente.

La Prohibición y/o Severa Restricción para este grupo seleccionado de plaguicidas se basa fundamentalmente en los siguientes criterios:

. ALTO RIESGO SANITARIO Y AMBIENTAL

. ALTO RIESGO OCUPACIONAL.

. ALTO RIESGO DE INTOXICACION CRONICA.

. CAUSAR EL MAS ALTO NUMERO DE INTOXICACIONES AGUDAS EN EL PAIS. (4)

. CAUSAR EL MAS ALTO NUMERO DE MUERTES EN EL PAIS. (5)

. PLAGUICIDAS QUE SE SABE O SE SOSPECHA QUE SON CANCERIGENOS Y/O TERATOGÉNICOS.

. CALIDAD DE POTENCIAL CONTAMINANTE ORGANICO PERSISTENTE (COPs).

. PLAGUICIDAS INCLUIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE PIC/ICP (INFORMACION Y CONSENTIMIENTO PREVIO). (6)

. PLAGUICIDAS PROHIBIDOS POR GOBIERNOS DEBIDO A RAZONES AMBIENTALES Y DE SALUD.

. PLAGUICIDAS ALTAMENTE TOXICOS Y QUE NO TIENEN ANTIDOTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS INTOXICADOS.

. PLAGUICIDAS QUE PUEDEN REEMPLAZADOS POR ALTERNATIVAS -COMO POR EJEMPLO, EL CONTROL BIOLOGICO-, CORROBORADAS EN EL MUNDOY PARTICULARMENTE EN CHILE. (7)

. NUESTRA REALIDAD CULTURAL, LABORAL, AMBIENTAL, DE SALUD, POLITICA Y ECONOMICA, ASI COMO LAS EVIDENTES DIFICULTADES EN LA FISCALIZACION POR PARTE DE LOS ORGANISMOS REGULADORES Y LA FALTA DE CAPACITACION Y EDUCACION DE LOS USUARIOS, APLICADORES Y TRABAJADORES AGRICOLAS, ENTRE OTROS PROBLEMAS, QUE SEÑALAN LA INSUFICIENTE CAPACIDAD DEL PAIS PARA LA GESTION SEGURA DE ESTOS PRODUCTOS. (8)

III. USOS

FUMIGACION AEREA

AREA URBANA: Prohibición total de la fumigación aérea.

AREA RURAL: Se solicita a la autoridad una normativa que, entre otras regulaciones, establezca las siguientes exigencias:

AVISO A LOS VECINOS

1.- Notificación recepcionada.

Aviso obligatorio con 48 horas de antelación a: vecinos directos, a la municipalidad y a carabineros. La municipalidad debe comunicar a todas las escuelas, servicios de salud, ferias al aire libre, trabajos o lugares de reunión pública cercanos al área de aplicación de plaguicidas, en un radio de 1.000 metros, explicitando el día, hora, nombre comercial, principio activo, clasificación toxicológica aguda, efecto tóxico, precauciones sobre fitotoxicidad, ecotoxicidad, antídoto y tratamiento médico del producto aplicado.

El no cumplimiento de la reglamentación sobre aviso de fumigación aérea implica que, además de las sanciones y multas establecidas por la autoridad, el dueño del predio fumigado se debe responsabilizar automáticamente de los costos ecónomicos causados por los efectos tóxicos en el ambiente, la fauna y la salud de las personas expuestas, atribuidos a ese producto.

2.- Restricciones en el área de aplicación:

Prohibición de fumigación aérea cuando existan poblados insertos en predios forestales o agrícolas y a distancias menores de 500 metros de escuelas.

Prohibición de la fumigación aérea a distancias menores de 1 kilómetro de hospitales, instalaciones de agua y sus fuentes.

Se debe prohibir estrictamente el vuelo rasante sobre techos de viviendas cercanas a plantaciones estableciendo sanciones y multas para quienes infrinjan la normativa. La reincidencia en cualquiera de las faltas se debe sancionar con la cancelación de los permisos de fumigación aérea.

3.- Horario de aplicación:

Antes de las 8 AM. y después de las 6 PM.

4.- Clima:

Condiciones metereológicas estables, ausencia de vientos, Humedad 60%, material particulado, 100 ppm. El responsable de la aplicación deberá entregar a la municipalidad un acta de las condiciones meteorológicas del día en que se realiza la fumigación.

5.- Aplicador.

La persona encargada de la fumigación aérea debe contar obligatoriamente con una capacitación y acreditación por parte de los organismos reguladores competentes.

-Como medidas complementarias a las señaladas anteriormente, solicitamos que se adopten también al más breve plazo, las siguientes regulaciones con el fin de subsanar importantes vacios en la legislación de plaguicidas en cuanto a la comercialización, uso, almacenaje y disposición final de residuos:

COMERCIALIZACION

1) PLAGUICIDAS DE USO GENERAL Y VENTA LIBRE.

2) PLAGUICIDAS DE VENTA RESTRINGIDA

(Receta otorgada por un ingeniero o técnico agrícola o forestal especializado en protección vegetal debidamente acreditado por el SAG).

La Venta Restringida se solicita para 43 plaguicidas usados en Chile, pertenecientes a la "Lista Consolidada de Naciones Unidas", especificados en documento adjunto.

EN ESTA CATEGORIA SE INCLUYEN AQUELLOS PLAGUICIDAS:

2.1.- Extremadamente Peligrosos, Clase I y Altamente Peligrosos, Clase II.

2.2.- Plaguicidas cancerígenos, tumorígenos, teratogénicos, mutagénicos, según estudios de laboratorio en animales o vigilancias epidemiológicas en seres humanos realizadas en Chile o en el extranjero por universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, o que han sido catalogados como tales por organismos como, por ejemplo, la Agencia de Protección Ambiental de Estados (EPA), la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC), la Organización Mundial de la Salud (OMS), etc.

2.3.- Plaguicidas incluidos en el Principio de Información y Consentimiento Previos (PIC) y plaguicidas pertenecientes a la LISTA CONSOLIDADA DE NACIONES UNIDAS (9) que han sido prohibidos o severamente restringidos en diversos países del mundo por las razones señaladas anteriormente.

VENTA AMBULATORIA.

La prohibición de la venta ambulatoria de plaguicidas agrícolas y sustancias afines y la sanción a quienes infrinjan esta prohibición con el decomiso de la mercadería y una multa establecida por la autoridad.

REENVASADO

La prohibición del reenvasado y la decantación, así como, la distribución de plaguicidas agrícolas o sustancias afines en envases de alimentos, bebidas u otros. El infractor de esta disposición debe ser sancionado con multa establecida por la autoridad competente, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar. (Se adjunta información al respecto).

ALMACENAJE

Debe realizarse fuera del ámbito urbano y alejado de centros poblados.

La autoridad además debiera asegurar, una gestión ecológicamente racional de desechos peligrosos, lo que significa, según lo acordado y definido en la Convención de Basilea sobre Control de Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación, que se deben tomar todas las medidas factibles para asegurar que los desechos peligrosos y otros tipos de desechos sean manejados de suerte que se protejan la salud y el ambiente contra los efectos adversos que puedan provocar estos desechos.

Para estos efectos se debe disponer a la brevedad de plantas de tratamiento y rellenos de seguridad.

OBLIGACION DE INFORMAR

Los importadores, fabricantes, envasadores, distribuidores o comerciantes de plaguicidas agrícolas y sustancias afines deben informar semestralmente al Servicio Agrícola y Ganadero, con el carácter de declaración jurada, sobre las cantidades importadas, fabricadas, distribuidas o vendidas en ese periodo, así como las existencias en depósito. La información debe proporcionarla dentro de los primeros treinta (30) días posteriores al vencimiento semestral, de acuerdo a un formulario que para el efecto publique el SAG.

PUBLICIDAD

Toda publicidad emitida por empresas comercializadoras de plaguicidas agrícolas, por cualquier medio de comunicación, debe prevenir al público usuario del carácter tóxico del producto. El incumplimiento de esta norma debe dar lugar a multas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar.

-Las solicitudes antes señaladas sólo tienen como objetivo reducir el alto riesgo actual, por tanto, son las que consideramos indispensables y prioritarias para proteger la salud y el ambiente. En este sentido, se hace también necesario la disposición de nuevas regulaciones que liberen a los dueños de viveros de la obligación de realizar fumigaciones con biocidas químicos con el compromiso y la obligación de mantener la sanidad de los vegetales mediante alternativas como control biológico u otros elementos de control presentes.

Por último, las organizaciones miembros de la Alianza por una Mejor Calidad de Vida, solicitamos del SAG información acerca de cuál es la situación que presenta el país en relación a productos transgénicos. Nos interesa conocer si en Chile se ha experimentado, desarrollado y liberado al ambiente plantas y alimentos transgénicos y si estos experimentos cuentan con la autorización del SAG. También solicitamos se nos informe acerca de cuáles son los lineamientos que entrega el Comité para la Liberación de Plantas Transgénicas (CALT). Por los riesgos que implica la introducción de esta tecnología, solicitamos a la autoridad que aplique el principio precaución hasta que estos riesgos sean realmente evaluados y exista una legislación adecuada. Al respecto, queremos expresar nuestro rechazo a la introducción de plantas y alimentos transgénicos y de cultivos resistentes a los herbicidas y plaguicidas, por los efectos que producen en la salud, los ecosistemas y la economía. Así mismo, nuestro desacuerdo con el arancel cero para los agroquímicos que sólo sirve para favorecer el creciente comercio de agroquímicos.

Creemos que, por el contrario, la autoridad debe adoptar medidas que logren impulsar efectivamente formas de producción favorables a la naturaleza, los animales y las personas, a través de un apoyo decidido a la agricultura orgánica y un estímulo efectivo a las alternativas no tóxicas, con el fin de mantener una agricultura eficiente y sustentable, un campesinado sano y la conservación de los fundamentos naturales de la vida.

Esperando una buena acogida y una pronta respuesta a nuestra solicitud, quedamos a su disposición para aportar cualquier información que el servicio a su cargo requiera.

Atentamente,

María Elena Rozas Francisca Rodríguez

Directora de RAP-AL Presidenta

Observatorio Latinoamericano Asociación Nacional de

de Conflictos Ambientales Mujeres Rurales e Indígenas

Wilfredo Marcelo Alicia Muñoz

Instituto de Ecología Política Consejera Nacional

ANAMUR

Elizabeth Maturana

Movimiento Agroecológico Chileno

Nuestra dirección es:

Alianza por una Mejor Calidad de Vida

Seminario Nº 774, Ñuñoa, Santiago.

Fonos: 274 5713- 274 6192- 697 3217- 635 3051

Fax: 2234522

INFORMACION Y DOCUMENTOS ADJUNTOS

AGROFIT: Sistema de productos fitosanitarios. Ministerio de Agricultura y de Abastecimiento, Secretaría de Defensa Agropecuaria, Departamento de Defensa e Inspección Vegetal. Coordinación de Fiscalización de Agrotóxicos de Brasil. Set de 5 disquettes.

ALIANZA POR UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA: Lista de 43 plaguicidas pertenecientes a la Lista Consolidada de Naciones Unidas, prohibidos o restringidos por gobiernos por razones ambientales o de salud.

Seleccción de recortes de prensa años 1993 al 1998.

ENLACE: Revista de la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas, RAP-AL.

FIA/INIA: Proyecto control biológico de plagas y enfermedades. Informe Técnico Final. (Carátula e índice de materias)

INSTITUTO DE SALUD PUBLICA: Informe anual de la Red de Vigilancia de Intoxicaciones Agudas por Plaguicidas, Años 1996 y 1997. Sub Departamento de Medicina Ocupacional.

PNUMA: Informe grupo de trabajo de países del cono sur sobre COPs de uso Industrial y plaguicidas. Caso de Chile. Iguazú, abril 1998.

PANNA: Alternativas al Bromuro de Metilo, 1995.

WORLD RESOURCES INSTITUTE: Los plaguicidas y el sistema inmunitario: riesgos para la salud pública. Robert Repetto, Saljay S. Baliga. (Resumen)

NOTAS


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