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Alianza por la Defensa del Mar

Santiago, 22 de abril de 2004

Carta a Ministro Francisco Huenchumilla

Queremos exponer las consideraciones en que se funda nuestra gran preocupación por la tramitación de la llamada Ley Larga de Pesca, además de enunciar brevemente las propuestas que, a nuestro juicio, revisten especial urgencia dado el alto beneficio que conllevaría su acogida para el medioambiente marino.

Antecedentes

La pesca industrial en Chile no es sustentable en el largo plazo. Así lo demuestran estudios científicos que revelan alarmantes cifras de sobreexplotación de los recursos marinos en las aguas nacionales. La legislación que regula el sector pesquero no ha sido capaz de asegurar una explotación racional en el pasado y hoy, luego de profundas reformas, tampoco ha resultado ser más eficaz en la solución de este problema.

El uso de artes de pesca altamente destructivos, como la pesca de arrastre de fondo, ha tenido un negativo impacto en los hábitat donde generalmente estas especies se reproducen y desarrollan. Por su parte, prácticas como la pesca de descarte implican diariamente una mortandad a gran escala de recursos marinos.

Además, la pesca indiscriminada ha traído un alto costo social en los pescadores artesanales, los cuales han visto seriamente disminuidos los recursos que extraían tradicionalmente. Con las últimas reformas a la legislación pesquera, este sector se ha sumido en una de las crisis más profundas de su historia, poniendo en riesgo social a alrededor de sesenta mil familias que dependen de los ingresos que brinda esta actividad. Lamentablemente, lejos de revertir esta dramática realidad, las modificaciones a la Ley de Pesca la han perpetuado y, en algunos casos, acentuado.

Actualmente, se tramita en el Congreso el proyecto de Ley Larga, última etapa en la reestructuración de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Su contenido sigue la línea trazada por las reformas anteriores en el sentido de privilegiar el crecimiento de la industria pesquera por sobre consideraciones ambientales y sociales. Nuevamente se omitió la incorporación de instrumentos que permitan equilibrar los intereses económicos de los empresarios del sector con el derecho de todos y de las generaciones futuras a la protección de nuestros recursos naturales.

Por otra parte, la tramitación legislativa de las últimas modificaciones se ha empañado por graves episodios de falta de transparencia. Quizás el más recordado involucró a los senadores Andrés y Adolfo Zaldívar, quienes participaron activamente en su tramitación, a pesar de tener numerosos familiares directos entre los accionistas de una de las principales industrias pesqueras.

Sin duda, estos hechos siembran una interrogante frente a los motivos que han llevado a aprobar una legislación tan lucrativa para unos pocos y tan perjudicial, tanto para los pescadores artesanales como para la protección de los ecosistemas marinos.

Propuestas y temas prioritarios

La política y legislación pesquera requieren un cambio sustancial para lograr compatibilizar el ejercicio de esta actividad económica con la debida conservación de los recursos. Son muchas las aristas involucradas, sin embargo, nos parece urgente y necesario comenzar por los siguientes aspectos que podrían hacer una diferencia sustancial, tanto a favor de la protección del medioambiente marino como en el mejoramiento de las condiciones que afectan a los pescadores artesanales.

Artes de pesca

Los equipos de pesca que provocan efectos destructivos en hábitats marinos son las largas redes de arrastre. Estas redes equipadas con pesadas compuertas de aluminio y cadenas atraviesan el fondo marino y destruyen enormes cantidades de invertebrados.Dramático es el resultado de este arte de pesca ya que cambia totalmente a las comunidades llamadas bénticas.

Además de los daños provocados al fondo marino por redes de arrastre, muchos otros recursos son extraídos en conjunto con la especies objetivo. Este fenómeno, usualmente llamado descarte, es producto de artes de pesca que no son selectivos como, por ejemplo, el arrastre, el espinel y las redes que se instalan en el mar a deriva.

En vista del tremendo efecto nocivo de este arte de pesca, proponemos una limitación significativa a la pesca de arrastre de fondo. A nuestro juicio, existen dos opciones para materializar lo anterior. La primera consiste en proponer una prohibición de pescar con redes de arrastre dentro de las primeras doce millas marinas desde la costa. La segunda consiste en identificar dentro el borde costero aquellas zonas, llamadas caladeros, donde existe una particular abundancia de especies, prohibiendo la pesca de arrastre en estas áreas de alta importancia medioambiental.

La pesca incidental y las prácticas de descarte son de las conductas más nocivas para el medioambiente marino. Por lo tanto, las medidas tendientes a limitar sustancialmente los volúmenes de descarte producen considerables beneficios en favor de la conservación de los ecosistemas que se desarrollan en el mar.

Sin embargo, la limitación del by catch encuentra como primer obstáculo la determinación de la real dimensión de los volúmenes de fauna acompañante que se desecha finalmente. Frente a este fenómeno, creemos que se deben implementar dos tipos de medidas conjuntamente.

En primer lugar, se debe implementar un programa de observadores independientes y capacitados para registrar la composición y volúmenes de captura. Los observadores deben actuar a bordo de las naves y no en puerto. En segundo lugar, la fauna acompañante se debe imputar a la cuota individual asignada al armador, en aquellas pesquerías sometidas a la asignación de cuotas.

Límite Máximo de Captura por Armador

Inicialmente, este régimen fue instaurado como provisorio y su vigencia sólo alcanzaría a dos años. Sin embargo, a fines del año 2002, se aprobó la ley N°19.843 que prorrogó por diez años su vigencia, además de introducir otras normas como el fraccionamiento entre la pesca artesanal y la industrial.

Generalmente, se ha señalado que este régimen de administración fue creado como un límite a la explotación excesiva de los recursos marinos, los cuales, dado el alto y creciente volumen de captura al que están sometidos, corren riesgo de agotamiento. Sin embargo, lo anterior es una confusión ya que la norma que verdaderamente apunta a darle sustentabilidad a la pesca es la fijación de cuotas globales. El LMCA es sólo una forma de repartición de mercado que nada tiene que ver con consideraciones ecológicas o medioambientales.

La legislación pesquera no sólo debe apuntar a crear soluciones eficientes destinadas a mejorar la rentabilidad de las empresas y la creación de empleo. Toda la legislación debe implementarse con pleno respeto a las normas y las garantías constitucionales que rigen para todas las personas. A nuestro juicio, el mecanismo de asignación de cuotas particulares de captura infringe gravemente el principio de no discriminación consagrado expresamente en nuestra Constitución Política de la República.

El proyecto de Ley Larga busca perpetuar este sistema de asignación de cuotas. Para dicho efecto, se introduce un nuevo Párrafo en el Título II de la Ley de Pesca, que contiene las disposiciones relativas a la forma, requisitos, condiciones y procedimiento para la aplicación de esta medida de administración a las unidades de pesquerías actualmente sujetas a ella en virtud de la ley 19.713 y, además, se incorporan a ella, a las unidades de pesquerías de recursos pelágicos declarados en plena explotación en la I y II Regiones.

A nuestro juicio, las cuotas de captura de las unidades de pesquerías que se sujeten al límite máximo de captura por armador deben adjudicarse a través de una licitación pública convocada por la Subsecretaría de Pesca, cuyas bases deberían estar contenidas en un Reglamento dictado para tal efecto. Las cuotas deben adjudicarse a las empresas que utilicen procesos productivos más eficientes y que implementen sistemas de producción y métodos de pesca más acordes con la debida protección de los recursos marinos y del medioambiente marino en general.

Peticiones concretas

La tramitación de la Ley Larga de Pesca es la instancia indicada para introducir los cambios legislativos necesarios para avanzar en los tres temas enunciados. Para estos efectos, sugerimos que el Gobierno brinde su apoyo y haga las gestiones políticas conducentes a que el Congreso apruebe ciertas indicaciones que ya fueron presentadas por algunos Senadores ante la Comisión de Pesca y que apuntan a resolver estos problemas.

Es importante constatar que algunas de estas propuestas fueron presentadas por Senadores de la Concertación, de la Alianza por Chile y un independiente, lo que puede aunar la aprobación de parlamentarios de distintos sectores. Si bien, cada una puede matizarse o evaluarse en su alcance y redacción, estimamos que su contenido apunta en la dirección correcta.

Las indicaciones están contenidas en el Boletín N°3222-03 de fecha 16 de Julio de 2003 y son las siguientes:

Del Honorable Senador señor Ávila, para reemplazar el segundo inciso agregado a la letra c) por el siguiente:

La captura de fauna acompañante será imputada a la cuota asignada a cada armador.

Del Honorable Senador Ávila para consultar, a continuación del Nº 5, el siguiente, nuevo:

Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 5º: Reemplázase el inciso primero por el siguiente:

Artículo 5º.- Prohíbense las actividades pesqueras extractivas con artes, aparejos y otros implementos de pesca, que degraden significativamente el fondo marino dentro del mar sometido a la jurisdicción del Estado.

Suprímese el inciso segundo.De los Honorables Senadores señora Frei y señores Avila, Lavandero, Ruiz De Giorgio y Ruiz-Esquide, 100.- señor Núñez, y 101.- señor Stange, para consultar, a continuación del Nº 5, el siguiente, nuevo:

Agrégase, a continuación del artículo 5º, el siguiente, nuevo: Prohíbese el uso de artes de arrastre en el mar territorial, plataforma continental y zona económica exclusiva de la República.

Del Honorable Senador señor Ávila para intercalar, a continuación del inciso primero, los siguientes: Las cuotas de captura de las unidades de pesquerías que se sujeten al límite máximo de captura por armador y que no están contenidas en la ley Nº 19.713 ni en la ley Nº 19.849 deberán adjudicarse a través de una licitación pública convocada por la Subsecretaría de Pesca, cuyas bases estarán contenidas en un Reglamento dictado para tal efecto. Las cuotas serán adjudicadas a las empresas que utilicen procesos productivos más eficientes y que implementen sistemas de producción y métodos de pesca más acordes con la debida protección de los recursos marinos y del medioambiente marino en general.

Las pesquerías contenidas en la ley Nº 19.849 deberán someterse al mismo sistema de licitación una vez que termine el plazo de vigencia de la medida de administración.

De los Honorables Senadores señor Núñez, y señor Vega, para agregar el siguiente inciso nuevo: Sin perjuicio de lo anterior y en el mismo decreto a que se refiere el artículo 3º de la ley Nº 19.713, el Ministerio reservará el veinte por ciento de la fracción industrial de la cuota global anual en las pesquerías administradas con límites máximos de captura, para ser adjudicadas anualmente en pública subasta. Los derechos subastados caducarán en el transcurso del año o temporada de pesca para los cuales fueron adjudicados, y serán transferibles sólo dentro de esos mismos períodos. A los permisos extraordinarios de pesca se les aplicarán, en lo demás, las normas de los artículos 28, 29, 30 y 31 de la ley.

La aprobación de estas indicaciones sería un buen comienzo para dotar a la Ley General de Pesca y Acuicultura de las herramientas suficientes para dar sustententabilidad al sector pesquero y paliar en parte los perjuicios que han sufrido los pescadores artesanales por la aplicación de esta legislación. Quedan muchos otros tan importantes como éstos y que serán comunicados y abordados en las actividades que realizará la Alianza por la Defensa del Mar.

Sin otro particular, se despiden atentamente.

Marcel Claude, Director de Oceana para América del Sur y Antártica

Gonzalo Villarino, Greenpeace Chile

Juan Carlos Cárdenas, Ecocéanos

Lucio Cuenca, Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales Jorge Pavez

Jorge Pavez, Fuerza Social

Rodrigo Pizarro, Fundación Terram