Proyecto minero Pascua Lama
Proyecto minero dejará graves consecuencias ambientales en Atacama.
Caserones: El segundo Pascua Lama
Comunicaciones OLCA, 01/10/2009
Manuel Pizarro Morales
Ingeniero Ambiental
Coordinadora por la
Defensa del Agua
Comuna de Tierra Amarilla
En las alturas del
Valle de Copiapó un millonario proyecto
minero de capitales japoneses busca imperiosamente
situarse en la comuna de Tierra Amarilla. En su construcción y durante
su marcha, se estima que Caserones dejará
impactos ambientales y sociales de magnitud. A continuación se relata
la soberbia mostrada por la empresa
a la hora de evaluar esta cuestionada iniciativa minera.
Preocupación
ha causado en diversas movilizaciones sociales y en grupos ambientalistas,
las recientes declaraciones de la presidenta Michelle Bachelet sobre
la instrucción a todos los equipos públicos, con ministros en terreno
incluidos, de agilizar y destrabar los procesos de inversión en todo
el país con el objeto de reactivar la economía, entiéndase, industria,
energía, agricultura y minería. Esta situación, si bien puede leerse
de variadas formas y confiar en que su finalidad es para el bien común,
de todas maneras significa un escenario aún más complejo para los
diversos conflictos ambientales de todo el país, en que las comunidades
locales se ven amenazadas por proyectos "avasalladores" que no respetan
el contexto socioambiental en que se insertan, donde por lejos
destacan las inversiones mineras extranjeras. Dicha instrucción presidencial,
puede significar una presión a los distintos servicios públicos para
"ablandar la mano" durante la evaluación ambiental en proceso y
por sobre todo a las COREMAS que deciden finalmente el destino de esta
iniciativas, es de esperar que prime la rigurosidad técnica por sobre
la ansiedad política pre-eleccionaria.
El
caso a exponer en esta oportunidad, es el proyecto minero "Caserones"
de la empresa minera Lumina Copper Chile S.A. que ha presentado recientemente
la ADENDA Nº2 (documento mediante el cual, el titular de un proyecto
responde a las observaciones y rectificaciones hechas a un Estudio de
Impacto Ambiental) para poder responder adecuadamente a las numerosas
observaciones que hicieran los servicios públicos a la ADENDA Nº1
de su proyecto minero en la Región de Atacama. El cual supone una
inversión estimada de 2.000 millones de dólares (Pascua Lama,
2.800 millones de dólares) en el valle de Copiapó.
Observaciones.
Entre
las observaciones más importantes destaca el que la minera insiste
en no reconocer los impactos ambientales y sociales que su proyecto
podría generar, y el hecho de que incluye una modificación sustancial
al diseño original: el cambio de fuente de abastecimiento de agua.
El titular solicita cambiar el abastecimiento del recurso desde aguas
subterráneas en el sector medio del valle, a aguas superficiales
en el sector alto desde uno de los afluentes del río Copiapó,
sistema natural que se encuentra actualmente en una compleja y delicada
situación de estrechez hídrica. Es de suma importancia hacer hincapié
en que dicho escenario, no ha sido evaluado ambientalmente durante
este proceso.
En
el caso de la ADENDA Nº 1 del proyecto minero "Caserones", lo primero
que llama la atención es el hecho inusual de que la mayoría de las
respuestas no se presentan de manera integrada y coherente, sino que
se remiten a innumerables anexos (la Adenda se conforma de un total
de 64 anexos) lo que hace mucho más engorroso y difícil la revisión
de los distintos temas, detectándose incluso algunas incoherencias.
En
cuanto al fondo de las respuestas, se pueden apreciar algunas deficiencias
por lo menos preocupantes para un proyecto de tal envergadura. En primer
lugar, la autodeterminación por parte del mismo titular sobre la no
pertinencia de solicitar determinados Permisos Ambientales Sectoriales
(PAS), siendo uno de los más relevantes la pertinencia del PAS Nº
84 del RSEIA referido a las exigencias aplicables a los depósitos de
relaves, donde en un hecho insólito, la empresa ha buscado por todos
los medios argumentar -sin mayor éxito- que la obra "Depósito de
Arenas" no corresponde a un relave minero y bajo ese punto de vista
no le es aplicable la normativa vigente. En este caso, el Servicio Nacional
de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) ha sido enfático en dictaminar
(luego de una didáctica argumentación legal) que dadas las características
y funcionalidad de la obra, le es claramente aplicable lo referido en
dicha norma legal, para lo cual deberá presentar todos los antecedentes
necesarios para cumplir con los requisitos del citado permiso.
Escasez
hídrica.
El
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental tiene la finalidad de salvaguardar
la vida -en sus múltiples formas-, mediante la protección de los recursos
naturales renovables, incluidos el suelo, el aire y el agua (tanto en
su cantidad como calidad). Es este último punto el que ha generado
el mayor conflicto entre los intereses de la minera y la misión del
SEIA.
El
Estudio de Impacto Ambiental y su posterior ADENDA, siguen adoleciendo
de una pobre calidad de la línea de base, ya que abusa de la extrapolación
de datos regionales, en vez de sustentar el grueso de su contenido en
el levantamiento de información real y actual del área de estudio,
lo que inevitablemente lleva a inconsistencias e imprecisiones en el
modelo hidrogeológico empleado para simular futuros escenarios de explotación,
situación que no otorga las garantías suficientes para asegurar de
que producto de la operación del yacimiento, no se producirán graves
perjuicios para el sistema hídrico del valle de Copiapó y sus demás
actividades productivas (de mayor generación de empleo), insertas inherentemente
dentro de otras actividades ambientales.
Consiguientemente,
se tilda de "por lo menos inaceptable" (ICSARA Nº2: Informe Consolidado
de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o ampliaciones) la intención
de la minera de dejar para etapas posteriores la presentación de antecedentes
esenciales para la evaluación ambiental en proceso, como la información
pluviométrica del área de estudio, el informe técnico que corrobora
la factibilidad de la medida de estimulación artificial de precipitaciones,
los antecedentes técnicos que den cuenta de la intención de tratar
100 Lts/s de agua de mar como medida de mitigación, además de la pretensión
del titular de evaluar "en su momento" las nuevas acciones a seguir
en caso de que las medidas de mitigación relacionadas al recurso hídrico
no den los resultados esperados, aludiendo casi a una acción improvisada
sobre que hacer al respecto, por lo que se le exige nuevamente replantear
de manera real y precisa el correspondiente plan de contingencia.
Tampoco
es de mucha ayuda la tenaz insistencia de la empresa de no asimilar
como condición de base la situación de sobreexplotación de los recursos
hídricos de la cuenca del río Copiapó, situación por la cual la
Dirección General de Aguas (DGA) ha declarado áreas de Restricción
y Prohibición en la cuenca, para lo cual persiste en re-proponer -
a estas alturas del proceso- las irrisorias medidas
"voluntarias" de aporte a la sustentabilidad hídrica del valle
(hacer llover en el desierto, encauzar un tranque, disminuir las pérdidas
por transpiración de las plantas mediante la eliminación de cultivos),
de cuyos resultados estimativos espera obtener abundantes caudales para
compensar la extracción de agua fresca para su proyecto; propuestas
que han sido nuevamente rechazadas por carecer del sustento técnico
suficiente, para incluirlos como aporte real al balance final de entrada
y salida del sistema hídrico.
Nueva
Infracción.
A
esto se agrega el hecho de que el pasado 20 de julio, la COREMA
de Atacama ha sancionado por segunda vez a la empresa
con una multa de 300 UTM por extracciones de agua no autorizadas. Esto
se traduce en un incumplimiento a la Resolución de Calificación Ambiental
(RCA) Nº 016 del 31 de enero de 2007, que califica ambientalmente favorable
la planta piloto del "Proyecto Regalito" que posteriormente paso
a llamarse "Proyecto Caserones" (se sabe que es una práctica común
de las empresas mineras, el cambiar sucesivamente el nombre de los proyectos
para evitar -precisamente- el "arrastre" de los procesos
de sanción). Esta situación que corresponde a una infracción reiterada,
deja abiertas dudas sobre la responsabilidad de la empresa para insertarse
de manera proactiva al contexto real del valle en el que pretende instalar
su proyecto.
Protección
a la comunidad.
En
otro ámbito, en lo que respecta a la representación de los habitantes
del área de influencia del proyecto, lamentablemente la municipalidad
de Tierra Amarilla -que marcó un hito al ser parte por primera vez
de un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental- no ha seguido participando
de este proceso. Las causas del motivo se desconocen.
A
pesar de esta deserción, el municipio logró resultados importantes
como el reconocimiento de la empresa a los grupos humanos y sus costumbres
al interior del valle; la intención de la minera de evaluar un
"By-pass" en la localidad de "Los Loros" para evitar los impactos
derivados del tránsito de carga pesada y peligrosa por el lugar; el
compromiso de invertir en apoyo a bomberos y a la posta de salud rural
de "Los Loros" (aunque sin entregar detalles sobre en qué consistirá
dicho apoyo).
También
resalta el hecho de admitir que las familias de los sectores de "Junta
del Potro", "Pastos largos", "El Torín" y "La Semilla",
que se abastecen del agua del río "Ramadillas" para solventar sus
necesidades básicas y en virtud del riesgo de alteración de la calidad
de éstas, la trasnacional se compromete a proveer de sistemas de agua
potable individuales para cada familia. Aún cuando estas consideraciones
representan una excelente oportunidad de responsabilidad social para
la empresa, es necesario agregar que ninguna de estas iniciativas ha
sido planteada formalmente al municipio por medio de algún documento.
Por
una correcta evaluación.
Como
conclusión, se puede decir que el titular del proyecto Lumina Copper
Chile S.A. junto a su equipo técnico y político, no han mostrado avances
significativos para considerar e incluir las observaciones y rectificaciones
hechas a su proyecto minero, es más, se ha agotado en buscar resquicios
legales y semánticos para evitar asumir determinadas responsabilidades,
así como también en desestimar los argumentos de la contraparte estatal
mediante aseveraciones sin sustento. Las mejoras en el diseño del proyecto
hasta ahora han sido insuficientes y por lo visto en las calles de la
Región de Atacama, la empresa se ha empeñado más en concitar apoyos
políticos de manera "off the record", que en mejorar y corregir
los antecedentes técnicos necesarios para una correcta evaluación
ambiental de su propuesta de inversión, lo cual -a juicio de quien
escribe- es una actitud que evidencia la "soberbia de Caserones"
durante todo este proceso.
Es
preciso recordar que existen dos opciones como resultado de un proceso
de Evaluación de Impacto Ambiental: la aprobación o el rechazo. Aún
cuando durante toda la historia de nuestra institucionalidad ambiental
vigente nunca se han rechazado proyectos mineros de alta inversión,
en este caso, dadas las características del proyecto y la fragilidad
de las componentes involucradas en el Valle de Copiapó, no se puede
descartar de plano la segunda opción.
Nota: Toda la información a que
se refiere este documento es de carácter público y se puede encontrar
en www.e-seia.cl/, buscar por
"proyecto caserones", Región de Atacama.
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