CONVENIO, ACUERDO O TRATADO |
LUGAR Y FECHA DE LA FIRMA
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FECHA DE FIRMA (F), RATIFICACION (R) Y ENTRADA EN VIGOR (V) EN CHILE |
OBJETIVO GENERAL |
COORDINACION EN CHILE Y PUNTO FOCAL |
Convención para la Protección de la flora y fauna y las bellezas escénicas de América
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12/10/1940, Washington, EEUU |
12/10/1940 (F)
4/10/1967 (R)
4/12/1967 (V) |
Preservar todas las especies y géneros de la flora y fauna de América de la extinción y preservar áreas de extraordinaria belleza, con énfasis en formaciones geológicas o con valor estético, histórico o científico |
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Convenio Internacional para la reglamentación de la caza de ballena
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2/12/1946
Washington, EEUU |
2/12/1946 (F)
6/7/1979 (R)
21/9/1979 (V) |
Proteger a todas las especies de ballenas de la sobre- explotación y salvaguardar para las futuras generaciones este gran recurso natural y establecer un sistema de regulación internacional para la pesca de ballena para asegurar su preservación y el desarrollo de su stock. |
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Tratado Antártico |
1/12/1959, Washington, EEUU |
1/12/1959 (F)
23/6/1961 (R)
14/7/61, 2/12/1961 y 29/5/1962 (V) |
Asegurar que el continente Antártico sea utilizado para fines pacíficos, fomentando la cooperación internacional en la investigación científica y previendo que el área no se convierta en escenario u objeto de disputas internacionales |
Ministerio de Relaciones Exteriores e Instituto Antártico Chileno (INACH) |
Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR) |
2/2/1971, Ramsar, Irán |
2/2/1971 (F)
27/11/1981 (R)
11/11/1981 (V) |
Detener la progresiva ocupación y desaparición de los humedales, en la actualidad y en el futuro, reconociendo sus fundamentales funciones ecológicas y su valor económico, cultural, científico y recreacional |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Corporación Nacional Forestal |
Convención sobre Conservación de Focas Antárticas
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28/12/1972
Reino Unido
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28/12/1972 (F)
7/2/1980 (R)
24/4/1980 (V) |
Promover y alcanzar la protección, el estudio científico y el uso racional de las focas antárticas y mantener un balance satisfactorio en el sistema ecológico antártico |
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES) |
3/3/1973, Washington, EEUU |
3/3/1973 (F)
14/2/1975 (R)
25/3/1975 (V) |
Proteger ciertas especies en peligro de la sobre-explotación producida por el sistema de comercio internacional (importación - exportación). |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Autoridades administrativas:
Servicio Agrícola y Ganadero, Corporación Nacional Forestal y Servicio Nacional de Pesca
Autoridad Científica: CONICYT |
Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres |
23/6/1979
Bonn, Alemania |
23/6/1979 (F)
15/9/1981 (R)
12/12/1981 (V) |
Proteger a aquellas especies de animales salvajes que migran a través de los límites nacionales |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Servicio Agrícola y Ganadero, Corporación Nacional Forestal y Subsecretaría de Pesca |
Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos
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11/9/1980
Canberra, Australia |
20/12/1980 (F)
22/7/1981 (R)
7/4/1982 (V) |
Salvaguardar el medio ambiente y proteger la integridad del ecosistema de los mares que rodean a la Antártica y conservar sus recursos marinos vivos |
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Convenio para la protección del medio marino y la zona costera del Pacífico Sudeste |
12/11/1981
Lima, Perú |
12/11/1981 (F)
20/3/1986 (R)
14/6/1986 (V) |
Proteger el medio ambiente marino y de las zonas costeras del Pacífico Sudeste en las 200 millas marinas de soberanía bajo jurisdicción de las Partes y más allá de esa área, la alta mar hasta la distancia en que su contaminación pueda afectar las 200 millas marinas.
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Ministerio de Relaciones Exteriores |
Acuerdo sobre la cooperación regional para el combate de la contaminación del Pacífico Sudeste por hidrocarburos u otras sustancias nocivas en caso de emergencia |
12/11/1981
Lima, Perú |
12/11/1981 (F)
14/5/1986 (R)
11/8/1986 (V) |
Proteger a los Estados costeros y el ecosistema marino de la contaminación del Pacífico Sudeste por hidrocarburos y otras sustancias peligrosas, en casos de emergencia |
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar |
10/12/1982
Montego Bay, Jamaica |
10/12/1982 (F)
25/8/1997 (R)
18/11/1997 (V) |
Establecer un nuevo régimen legal para los mares y océanos, estableciendo provisiones en materia ambiental.
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Ministerio de Relaciones Exteriores |
Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono |
22/3/1985
Viena, Austria |
22/3/1985 (F)
6/3/1990 (R)
8/3/1990 (V) |
Proteger a la salud humana y al medio ambiente de los efectos negativos producidos por las modificaciones en la capa de ozono. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Protocolo de Montreal sobre Sustancias que Disminuyen la Capa de Ozono |
16/9/1987, Montreal, Canadá |
14/6/1988 (F)
26/3/1990 (R)
28/4/1990 (V) |
Proteger la capa de ozono tomando medidas precautorias para controlar las emisiones globales de las sustancias que provocan su disminución |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Convenio de Basilea para el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación |
22/3/1989, Basilea, Suiza |
31/1/1990 (F)
11/8/1992 (R)
13/10/1992 (V)
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Reducir el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos definidos por el Convenio, en una forma que sea consistente con un manejo eficiente y ambientalmente adecuado de dichos desechos. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Salud
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Tratado entre la República de Chile y la República de Argentina sobre Medio Ambiente
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2/8/1991
Buenos Aires, Argentina |
2/8/1991 (F)
14/4/1993 (V)
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Emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente e impulsarán la utilización racional y equilibrada de los recursos naturales, teniendo en cuenta el vínculo existente entre medio ambiente y desarrollo. |
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección Ambiental |
4/10/1991, Madrid, España |
4/10/1991 (F)
11/1/1995 (R)
18/2/1998 (V)
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Reafirmar el status de la Antártica como un área especial de conservación y realzar el marco de protección del ambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados. |
Ministerio de Relaciones Exteriores e Instituto Antártico Chileno (INACH) |
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático |
9/5/1992,
New York, EEUU |
9/5/1992 (F)
22/12/1994 (R)
13/4/1995 (V) |
Estabilizar las concentraciones de los Gases de Efecto Invernadero en la atmósfera, a un nivel tal que ya no existan interferencias antropógenas significativas en el sistema climático. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Convenio sobre la Diversidad Biológica |
5/6/1992, Río de Janeiro, Brasil |
5/6/1992 (F)
9/9/1994 (R)
6/5/1995 (V) |
Promover el uso sustentable de los componentes de la biodiversidad y fomentar una distribución equitativa de los beneficios generados por la utilización de los recursos genéticos. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Convenio de las Naciones Unidas para Luchar contra la Desertificación. |
17/6/1994, París, Francia |
3/3/1995 (F)
11/11/1997 (R)
13/2/1998 (V) |
Combatir la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados, especialmente en Africa. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Corporación Nacional Forestal |
Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - Canadá |
6/2/1997
Ottawa, Canadá |
6/2/1997 (F)
5/7/1997 (V) |
Fortalecer la cooperación ambiental entre las Partes y asegurar la ejecución eficaz de las leyes y regulaciones ambientales de cada una de ellas, favoreciendo, además, que se alcancen las metas y los objetivos ambientales del Tratado de Libre Comercio Chile - Canadá |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Convenio para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Informado Previo (PIC) a ciertos Productos Químicos Peligrosos |
11/9/1998, Rotterdam, Países Bajos |
11/9/1998 (F) |
Promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos en la esfera del comercio internacional de ciertos compuestos químicos peligroso y plaguicidas, a fin de proteger la vida humana y el medio ambiente. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología |
29/1/2000
Montreal, Canadá |
24/5/2000 (F) |
Contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente |
Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes |
Estocolmo,
Suecia
23/5/2001 |
23/5/2001 (F) |
Teniendo presente el principio de precaución, consagrado en el principio 15 de la Declaración de Río, el objetivo del Convenio de Estocolmo es proteger a la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes. |
Ministerio de Relaciones Exteriores
Comisión Nacional del Medio Ambiente
Ministerio de Salud |